Powered By Blogger

jueves, 31 de marzo de 2011

Ni Esclavos ni Víctimas: Determinismo, Indeterminismo y Volicionismo


Hablando de Determinismo me puse a buscar información en Internet sobre este tema y encontré un texto titulado “Ni Esclavos ni Víctimas” que considero muy interesante y relacionado con lo visto en clase en el cual se trata brevemente el problema de las dos posiciones clásicas: el determinismo y su opuesto, el indeterminismo; la libertad queda entonces entendida como una posición intermedia a la cual llamaremos “volicionismo”.

  • Volicionismo: Este significado metafísico de la palabra libertad difiere completamente de los significados que pueda asignarle la filosofía política.
En realidad, las discusiones sobre los otros significados son superfluas si no existe esta libertad. No está de más afirmar que la libertad metafísica precede a la libertad política.

En este texto se nos muestra como el problema del determinismo es naturalmente diferente a afirmar que el hombre está condicionado por el ambiente y por su herencia genética; quienes esto afirman no ponen, generalmente, en duda la existencia de voliciones.

Pero la revolución cuántica de los años 30 desplazó ahora la balanza en favor del
indeterminismo. Los descubrimientos pioneros de Max Planck sobre el cuanta de energía provocaron un auge en la investigación de la física de partículas. Las leyes de la cuántica hacen aparecer una indeterminación fundamental: Se había hallado por fin un argumento científico que hacía posible el indeterminismo y le daba a los filósofos un salvoconducto para seguir creyendo en la libertad.

Los entusiastas de la mecánica cuántica creyeron ver en ésta una salida al problema cuando en realidad el indeterminismo es apenas mejor que el determinismo. En cierto sentido el indeterminismo cuántico es también un tipo de determinismo: estaríamos
determinados por sucesos fortuitos. Si decimos que es “apenas mejor” es porque la libertad del hombre es incompatible con el determinismo pero no así con el indeterminismo, o dicho en otras palabras, para que exista la voluntad es necesario el indeterminismo y como señala Popper “el indeterminismo no basta.”

La situación nos obliga, literalmente, a escoger entre la demencia y la locura. Sin
embargo, nos aferramos al ideal renacentista de que el hombre es dueño de su propio
destino. Finalmente, una manera—muy insatisfactoria por cierto—de enfrentar la pesadilla y resignarse a permanecer en un cómodo estado de ignorancia volicionista, es creer que la libertad existe y que el hombre no tiene, necesariamente, por qué estar en capacidad de comprender las razones que la hacen posible.

Aquí os adjunto el link de dicho texto para los interesados: http://fce.ufm.edu/publicaciones/laissezfaire/11/LF%2011%20_Luj%C3%A1n_.pdf

miércoles, 30 de marzo de 2011

DETERMINISMO


DETERMINISMO

El determinismo es una posición filosófica que sostiene que todo acontecimiento físico, incluyendo el pensamiento y acciones humanas, están sujetos a la irrompible cadena causa-consecuencia. Existen diferentes formulaciones de determinismo, que se diferencian en los detalles de sus afirmaciones. Para distinguir las diferentes formas de determinismo conviene clasificarlas acorde al grado de determinismo que postulan:
  • El determinismo fuerte sostiene que no existen sucesos genuinamente aleatorios , y en general el futuro es potencialmente predecible a partir del presente (aunque lógicamente predictibilidad y determinación son independientes, ya que la primera requiere además cierto tipo de conocimiento de las condiciones iniciales).
  • El determinismo débil sostiene que es la probabilidad lo que está determinada por los hechos presentes, o que existe una fuerte correlación entre el estado presente y los estados futuros, aun admitiendo la influencia de sucesos esencialmente aleatorios e impredecibles.

Determinismo (anula la libertad) para explicarlo hablamos de:
Casualidad. (Relación causa efecto es el vinculo que une una posición A con una posición B, el vínculo que une situación A situación B puede tener dos posiciones diferentes).
  1. Necesidad: solo necesariamente existe un solo camino entre A y B (Entre ser humano vivo y ser humano muerto solo hay un camino. Todos somos mortales.)
  2. Posibilidad: Hay varios caminos posibles. Ej. ser pelirrojo pues no todos somos pelirrojos  

Para los deterministas radicales todas las relaciones causa efecto son necesarios (entonces es imposible el albedrío)

En Política, hablamos de:
·         Incompatibilísimo porque  o  te posicionas como determinista o como defensor de la libertad (antideterminista).
·         Compatibilidad: es posible por un lado apoyar cierto determinismo pero dentro de ese determinismo puedo ejercer la libertad. Ej. El hecho de haber nacido en Alicante me quita la libertad de algún modo pero dentro de eso podré realizar lo que quiero en Alicante.  

martes, 29 de marzo de 2011

El secreto profesional vs. el deber de denunciar.

BUSCANDO EN INTERNET INFORMACIÓN SOBRE EL SECRETO PROFESIONAL ENCUENTRO ESTE DOCUMENTO QUE ME RESULTO MUY INTERESANTE .

La Corte Suprema de la provincia aceptó, por unanimidad, la denuncia de una médica que acusó a una de sus pacientes de haberse hecho un aborto.

El máximo tribunal santafesino tomó esta determinación después de que -por el contrario- la Cámara de Apelaciones de Rosario dictaminó que, con esta denuncia, la médica había violado su secreto profesional.

En una de las 47 páginas del fallo, al que Clarín accedió, se señala que "es a todas luces injusto que alguien pretenda ampararse en el deber del secreto profesional, para de ese modo hacer cómplice al profesional de un comportamiento cuyo objeto es privarle la vida a un inocente".

Sin embargo, un plenario de camaristas del Crimen reunido en 1966 para tratar el caso de una mujer llamada Natividad Frías había sentado jurisprudencia en la Capital Federal en sentido contrario. Según lo que dictaminaron esos jueces, nadie "que haya causado su propio aborto" puede ser denunciado. Sí deben denunciarse -según esa postura- los coautores, instigadores y cómplices de esa acción.

Fallo unánime

En nuestro país, el aborto está penalizado por los artículos 85, 86 y 87 del Código Penal. El artículo 156 del mismo Código también custodia el derecho de los profesionales -en este caso, médicos- de no revelar nada referente a sus pacientes.

Esta decisión unánime de los seis miembros de la Corte provincial (Rodolfo Vigo, Raúl Alvarez, Jorge Barraguirre, Casiano Iribarren, Decio Ulla y Roberto Falistocco) se conoció recién ayer, a pesar de que está fechada el 12 de agosto.

Las actuaciones se iniciaron en 1996, cuando una médica del hospital Centenario -de Rosario- recibió en la sala de ginecología a una joven con un cuadro infeccioso. Cuando comprobó que esa infección la había provocado un aborto, la médica -de apellido Cortez- hizo la denuncia en un destacamento policial, según contaron fuentes judiciales. Pero al mismo tiempo fue denunciada por su paciente (Mirta Insaurralde) por supuesta violación del secreto profesional.

A partir de la presentación de Insaurralde, la Cámara de Apelaciones rosarina resolvió que la denuncia de Cortez no podía ser tomada en cuenta porque esa "persecución penal no había sido válidamente ejercitada", precisamente por la violación del secreto profesional. "Antijurídica", fue la palabra que la Cámara utilizó para descalificar la denuncia de la médica.

La acusada por el presunto aborto deberá ahora ser juzgada, mientras que Cortez queda inmediatamente absuelta.

El fallo de la Corte

Los
jueces del máximo tribunal santafesino destacaron en su sentencia que "el derecho-deber al secreto profesional no funciona sin límites, tanto éticos como estrictamente jurídicos". Y resaltaron en varios párrafos "el derecho a la vida de la criatura por nacer, que no era una persona futura y sí una realidad viviente".

También citaron a la Madre Teresa de Calcuta, cuando afirmó -en 1979- que "el aborto es el peor enemigo de la paz hoy en día". "Si una madre puede matar a su propio hijo, qué nos queda a nosotros; bien pueden ustedes matarme o yo matarlos, que nada nos une", repitió, con la Madre Teresa, la Corte santafesina.

Más tarde, el tribunal aclaró: "No se trata de asumir posiciones represoras o de moralidad teológica, sino de tomar en serio el derecho a la vida, defendiéndolo de toda forma de atentado, mandato éste que no tolera la despreocupación de los jueces". Y, en el mismo tramo, sentenció: "La garantía de los derechos del hombre y del ciudadano necesitan una fuerza pública".

El ministro de la Corte provincial Rodolfo Vigo opinó que "esta nueva jurisprudencia va a permitir que numerosos casos semejantes sean resueltos a partir del antecedente que fijamos aquí".

El fallo de la Corte Suprema de la provincia de Santa Fe desató una polémica entre juristas y médicos expertos en temas de ética profesional.

Algunos, como el médico Luis Ferreira y el psiquiatra Alfredo Achával, insistieron en que tiene prioridad la denuncia del delito de aborto por sobre la violación del secreto profesional.

Pero los penalistas Eduardo Gerome y Oscar Breglia Arias coincidieron en que la supuesta obligación de denunciar un delito -el aborto- en este caso viola el secreto profesional. Y que el aborto no puede ser motivo para denunciar a la mujer que busca ayuda médica.

En este sentido, Gerome y Breglia Arias destacaron que en el ámbito de la Capital Federal esta polémica ya fue zanjada en 1966 por un histórico fallo de la Cámara del Crimen, que en estos casos prohíbe denunciar a la mujer abortó.

Gerome remarcó que "aquel fallo de 1966, el famoso caso de Natividad Frías, privilegió la vida de la mujer. Porque la situación real es que, ante el miedo a ser denunciada por haber abortado, la paciente evitaría al médico y entonces muere".

Breglia Arias dijo que "con realismo, los camaristas establecen el principio de la equidad, reconociendo que las mujeres de buena posición económica no van a ir a un hospital público a pedir ayuda luego de un aborto. Irán a una clínica privada, donde no serán denunciadas. Pero la mujer humilde va al hospital público y afronta el riesgo de la denuncia, lo que es absurdo".

El médico Luis Ravaioli, presidente de la Sociedad de Etica Médica, opinó que "estamos ante una jurisprudencia controvertida. Algunos jueces consideran que la denuncia -no solo en un caso de aborto sino en otros temas, una mujer golpeada, un herido de bala, una mala praxis médica- viola el secreto profesional".

Sin embargo, Ravaioli explicó que "otros jueces dicen que al no denunciar, el médico está encubriendo un delito. En realidad estas situaciones nunca son en blanco y negro. Hay matices, todo depende de cada caso en particular".

La abogada Carmen González, presidente de la Comisión de la Mujer en la Asociación de Abogados porteña, opinó que "acá se violó el secreto profesional y además la paciente no está obligada a inculparse ella misma por el aborto. Lo que hizo la médica que la denunció fue poner en juego, en esa denuncia, su ideología. Tendría que haber hecho lo que hacen todos los médicos en los hospitales públicos: ante la falta de legislación adecuada, callarse y orientar a la paciente".

El médico Luis Ferreira, titular de la Oficina de Etica Pública, dijo que "el aborto es un asesinato y debe denunciarse. Un funcionario público, como es el médico de un hospital, no puede encubrir ningún delito. Además, si la infección de la paciente se hubiera agravado, esa médica hubiera tenido responsabilidad muy grande".

Alfredo Achával, psiquiatra y experto en Medicinal Legal, destacó que "un médico en estos casos siempre debe hacer la denuncia. Porque no está denunciando sólo a la paciente, también al anestesista, al hombre que la acompañó a hacerse el aborto y todos los que participaron de ese delito. Antes que el secreto profesional, está el derecho a la vida del bebé".

Pero el médico Orlando Santi, presidente del Colegio de Médicos de Rosario, dijo que el fallo "se opone a una acordada de la Cámara de Apelaciones de Rosario, que confirmó que el secreto profesional es inviolable en todos los casos, incluso ante un delito penal como el aborto".

A FAVOR
EN CONTRA
 - Siempre tiene prioridad la denuncia del delito (aborto) sobre la violación del secreto profesional.

- Debe denunciarse el aborto "porque es un delito, que no sólo involucra a la mujer sino al anestesista, al hombre que la acompañó y a todos los que tuvieron algo que ver".
 - Se viola el secreto profesional.

- Se obliga a la mujer a culparse a sí misma.

- Se perjudica a las mujeres de posición económica más humilde (ya que las de alta posición se tratan en clínicas privadas y no serían denunciadas).

lunes, 28 de marzo de 2011

EL SECRETO PROFESIONAL



El secreto profesional es la obligación legal que tienen ciertas profesiones de mantener en secreto la información que han recibido de sus Clientes Al contrario de lo que ocurre con otros tipos de deberes se mantiene incluso en un Juicio.
Trabajador social , Médico, Psicólogo, Abogado y Periodista  son los porfesionales más típicos. Sin embargo, también puede haber otros casos de asesores o servicios que tengan ese tipo de obligación, como por ejemplo los asesores fiscales (a veces incluidos dentro de los abogados) o las compañías de seguros.
Un ejemplo del uso del secreto profesional sería el que se expuso en clase en el que se decía que en Inglaterra se iban a instalar misiles de la OTAN y el Ministerio de defensa británico había establecido un secreto profesional para ocultar información al parlamento británico. El ministerio de defensa lleva a juicio al periodista, este intenta hacer uso del secreto profesional pero este es rechazado y el periodista es condenado.

Se dice que existen tres clases de secretos:

  1. El secreto natural es independiente de todo contrato
  2. El secreto prometido nace de un contrato, de la promesa de guardar silencio después de haber conocido el hecho, ya sea por casualidad, por investigación personal o por confidencia espontánea o provocada.
  3. El secreto confiado también dimana de una promesa explícita o tácita hecha antes de recibir la confidencia de lo que se oculta.

El secreto profesional se vulnera en los siguientes casos:
  • Se puede producir daño en forma directa, es decir en forma consciente y premeditada.
  • Se vulnera en forma intencional pero indirecta
  • A través de una confidencia a otra persona
  • A través de una conversación informal, con ligereza

viernes, 25 de marzo de 2011

Práctica 3: El poder invisible.


 
He de decir que una de las cosas que más a llamado mi atención ha sido la idea de que "no debería preocuparnos lo oculto sino lo demasiado visible". Pues a veces lo que los medios de comunicación repiten una y otra vez quizás sea aquello que quieren que sepamos, no lo que pasa realmente, y por lo tanto lo realmente cierto esta bastante más lejos de nuestro alcance. Por lo tanto, cuando ponen mucha importancia en una noticia ¿Es porque quieren  que nos enteremos de la verdad o porque quieren escondernos la verdadera cara de la noticia y por ello nos distraen poniendo ímpetu en otra muy parecida?

         Nuestra sociedad cree que las imágenes, lo visible a simple vista es la realidad que refleja el mundo que nos rodea; nos creemos todo aquello que nos muestran los medios de comunicación, como la televisión o la radio, que no nos deja ver la verdadera cara de la realidad.

Detrás de cada signo que se nos muestra se dice que hay algo mas, como una fuerza que determina la verdadera realidad del signo, que no se nos muestra, la debemos intuir. Detrás de cada cosa que se nos muestra existe una verdadera realidad que debemos conocer para darnos cuenta de lo que se esconde detrás de el es decir la verdadera realidad. Tenemos que investigar, indagar en el fondo de las cosas porque muchas veces no son lo que parecen y nos llevamos más de una sorpresa. Por lo tanto debemos interpretar los datos, darles sentido para así formular una teoría, es decir para tener conocimiento del mundo. Si únicamente nos dedicamos a observar estaremos engañados y tendremos únicamente la versión que nos quieren mostrar, no la que realmente se esconde tras el signo y por lo tanto la verdadera. Lo que de verdad existe e importa es aquello que esta detrás de cada imagen, lo oculto.

   El poder no esta concentrado en una elite o en una persona en concreto; lo poseen aglomeraciones anónimas difíciles e incluso imposibles de localizar. Esta organización propia de un mundo globalizado donde “todo lo hacemos entre todos” dificulta la posibilidad tanto de protestar como de gobernar.
     

jueves, 24 de marzo de 2011

Retrocesos en libertad de prensa en 2010


Responsables de Reporteros Sin Fronteras presentaron el ''Informe anual de la libertad de prensa en el mundo en 2010''. EFE
  • Se presentó el ''Informe Anual 2010 de la Libertad de Prensa en el Mundo''
La RSF denunció que el peligro a periodistas aumentó tanto por la violencia como por el gobierno
''Informe Anual 2010 de la libertad de Prensa en el Mundo''

MADRID, ESPAÑA (22/FEB/2011).-
La organización Reporteros Sin Fronteras (RSF) denunció que 2010 fue un año con muchos retrocesos y peligros para los periodistas en el mundo, tanto por la violencia como por acciones de gobiernos contra la libertad de prensa.

Al presentar el ''Informe Anual 2010 de la Libertad de Prensa en el Mundo'', la vicepresidenta de la sección española de RSF, Malén Aznárez, expuso que en 2010 se reportaron 57 asesinatos. Al hacer un repaso del informe, expuso que el estudio documenta observaciones a más de un centenar de países, pero que prácticamente los ''focos rojos'' se mantienen en los mismos lugares denunciados en 2009.

Entre los datos, mencionó a 15 periodistas y nueve colaboradores encarcelados, 156 internautas encarcelados (en su mayoría blogueros o usuarios de otras redes sociales), y 504 medios censurados. ''Los periodistas son objetivo deliberado de dictadores, guerras, secuestradores y mafias de todo tipo, que son depredadores contra los que cada vez nos cuesta más luchar'', manifestó.

Destacó los casos de Pakistán, Honduras y Eritrea, donde hay casos de asesinatos y encarcelamientos. Comentó que en Pakistán se contabilizaron 12 periodistas asesinados en 2010 por los talibanes, integristas o secuestradores. Aznárez recalcó que Honduras es uno de los países más peligrosos del continente americano, donde la organización tiene reconocidos tres asesinatos de periodistas. Explicó que Eritrea, tiene actualmente a 30 periodistas encarcelados, incluso uno que tiene también la nacionalidad sueca que no ha podido ser excarcelado ''ante el silencio de todo el mundo''.

''Hacemos un llamado a que los países democráticos no esperen lo que pasa en el Magreb'', recalcó. Sobre la situación en esa región del norte de Africa, abundó que se sigue con detenimiento el desarrollo de los acontecimientos, y que si bien ya hay denuncias de agresiones, será en el informe de 2011 cuando se detallen. La dirigente en España de RSF denunció que en 2010 también se vivió un deterioro en Europa, con dos asesinatos, uno en Letonia y otro en Grecia. ''Hay deterioro en las leyes, lo que es propio de dictaduras'', dijo.

Refirió que Hungría impulsó una Ley de Prensa propia de un país dictatorial, los intentos del primer ministro italiano Silvio Berlusconi por controlar a la prensa con la llamada Ley Mordaza, y que en Rumania se considera a los periodistas una amenaza. Añadió que también en Irlanda se establecieron castigos a la blasfemia con multas de 25 mil euros, mientras que en Portugal se multó a un periódico por publicar escuchas telefónicas.

Declaró que ''2010 es también el Año de Internet, la salida de WikiLeaks, y que continúa en 2011, como se vio en Egipto con el asesinato de un bloguero, lo que fue decisivo para las movilizaciones en ese país''. ''Internet es el espacio donde se pide cuentas a gobiernos y se denuncia su corrupción'', agregó.

En la rueda de prensa, el periodista tunecino excarcelado el pasado 19 de enero y apadrinado por RSF, Fahem Boukaddous, relató la forma en que se trabajaba como informador en el régimen del hoy depuesto presidente Ben Alí y los ocho meses que pasó en prisión. Narró su paso por la justicia tunecina, que lo había condenado inicialmente a seis años de prisión, las amenazas y el temor que existe entre los informadores, así como las esperanzas que tienen de poder ejercer en libertad.

miércoles, 23 de marzo de 2011

LIBERTAD DE EXPRESIÓN


La libertad de expresión es un derecho fundamental o un derecho humano, señalado en el artículo 19º de la Declaración Universal de los Derechos Humanos de 1948, y las constituciones de los sistemas democráticos, también lo señalan. De ella deriva la libertad de imprenta también llamada libertad de prensa.

LIBERTAD DE PRENSA.

La prensa es servidora de la sociedad y juega un papel primordial en el régimen democrático de un Estado, pues permite su trasparencia política y denuncia las irregularidades que ocurran en el mismo. También es importante mencionar a la prensa como la columna vertebral de una sociedad pues permite el desarrollo de otras libertades fundamentales y fomenta una trasparencia en las cuestiones de ésta.

Pensar, tener opiniones, y expresarlas son derechos inherentes, derechos fundamentales de todos los seres humanos, componentes inalienables de la dignidad humana. "Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión; este derecho incluye el de no ser molestado a causa de sus opiniones, el de investigar y recibir informaciones y opiniones, y el de difundirlas, sin limitaciones de fronteras, por cualquier medio de expresión". Parte esencial para el debido ejercicio de este derecho fundamental es la libertad de prensa.

A través de esta libertad se puede y se debe ejercer y promover las demás libertades politicas y los derechos fundamentales o básicos a la vida, como también los derechos a la paz y la igualdad solidaria entre los seres humanos. La libertad de prensa es la fuente de acceso y elemento funcional en el mantenimiento de esos derechos tan poco respetados.

Otro papel fundamental que juega la libertad de prensa como servidora de la sociedad es ser el componente esencial en todo proceso de desarrollo democrático y económico, pues esta permite la transparencia política, reclamación de responsabilidades, la lucha contra la corrupción y la creación de una econmía estable. En toda sociedad, la libertad de prensa es esencial para un buen gobierno y rendición de cuentas, es decir, es la columna vertebral para la salud y sana reproducción  de un régimen democrático, el ejercicio profesional de ésta, capacita al individuo para ser ciudadano y así poder participar en la toma pública de decisiones. También ofrece la posibilidad de que el ciudadano conozca sobre los hechos más trascendentales de su vida cotidiana. "La libertad de prensa es un pilar fundamental de los derechos humanos, y en garantía de otras libertades; ella fomenta la trasparencia y una política justa. La libertad de prensa garantiza que la sociedad no sólo se rija por las leyes existentes, sino que disfrute verdaderamente del imperio del derecho".
Por conclusión de lo expuesto con anterioridad, se puede definir a la libertad de prensa como un fin hacia el bien público. Es decir, el derecho de un quehacer, que tiene por función satisfacer y ejercitar otros derechos fundamentales. Esto ha provocado que el papel de los medios de comunicación cumpla un rol cada vez más importante en la vida pública de una sociedad, en la actividad del poder, en la formación de opiniones y en el acceso del ciudadano a la información, esto exige mayor responsabilidad por parte de los medios, pues el periodista en el ejercicio de su profesión adquiere de inmediato un compromiso con el interés público y el bien común. En algunas ocasiones se confunde la verdadera función de la libertad de prensa, por esto se permite hablar de la legitimidad de los medios.

Bueno para concluir diré que la información expuesta la recogí de un trabo que encontré en Internet sobre este tema y aquí os adjunto el link para quien quiera leer más acerca de este tema:





lunes, 21 de marzo de 2011

LOS DISTINTOS ENFOQUES DE LOS POLITÓLOGOS.

Hoy en clase hablamos hablábamos de los diferentes enfoques de los politólogos y diferenciábamos los siguientes:
·         Enfoque valorativo: En la esfera pública lo que hacen los ciudadanos cuando actúan es poner en juego valores políticos específicos. (entre esos valores destacábamos tres).
1.- Valor libertad: que lo consideramos como el valor fundamental de la política (ser libre o no ser libre). Como politólogos buscamos mecanismos para que la libertad aumente.
2.- Valor Igualdad: ya que igualdad y libertad muchas veces están unidas.
3.- Valor Solidaridad: Mecanismo de socialización más pleno que el intercambio de intereses. Ej. La constitución española obliga a la caja común.
Entendiendo como valor el principio generador que lo explica todo en un área concreta por ejemplo: en el Derecho (lo justo y lo injusto), en Religión (tener fe y no tener fe).
Este enfoque lo llevan a cabo los politólogos filosóficos.
·         Enfoque cuantitativo: En la esfera pública los actores realizan actos cuantitativos, cuantificables. Como politólogo puedo medir esos actos cuantitativos.
Este enfoque lo llevan a cabo los politólogos de sociólogos empíricos.
·         Enfoque institucionalista: Considera que en la esfera pública el elemento principal más que los ciudadanos son las instituciones políticas.
Este enfoque lo llevan a cabo los politólogos juristas.

Ninguno de estos enfoques es “el mejor”, son distintas formas de interpretar una realidad social.

En ciencia política no hay una verdad absoluta.


Hablando de todo esto y leyendo el diario del mundo encuentro una noticia sobre una aportación de España de 83.327 millones al fondo de rescate europeo y me resulto algo interesante por ello os dejo aquí el link.

http://www.elmundo.es/elmundo/2011/03/21/economia/1300730750.html






miércoles, 16 de marzo de 2011

TRABAJO SOBRE LA POLÍTICA DE ARISTOTELES


Hago una relación de las siguientes frases (Libro I De la sociedad civil. De la esclavitud. De la propiedad. Del poder doméstico “Capítulo I Origen del Estado y de la Sociedad) con la teoría de Max Weber de distinguir entre poder y autoridad

Entre los bárbaros, la mujer y el esclavo están en una misma línea, y la razón es muy clara; la naturaleza no ha creado entre ellos un ser destinado a mandar, y realmente no cabe entre los mismos otra unión que la de esclavo con esclava, y los poetas no se engañan cuando dicen:
  • «Sí, el griego tiene derecho a mandar al bárbaro»,
puesto que la naturaleza ha querido que bárbaro y esclavo fuesen una misma cosa.
Estas dos primeras asociaciones, la del señor y el esclavo, la del esposo y la mujer, son las bases de la familia, y Hesíodo lo ha dicho muy bien en este verso:
  • «La casa, después la mujer y el buey arador»;

porque el pobre no tiene otro esclavo que el buey. Así, pues, la asociación natural y permanente es la familia, y Corondas ha podido decir de los miembros que la componen «que comían a la misma mesa», y Epiménides de Creta «que se calentaban en el mismo hogar».
  • «Cada uno por separado gobierna como señor a sus mujeres y a sus hijos.»
En su origen todas las familias aisladas se gobernaban de esta manera.

De nuevo Max Weber distinguía entre poder y autoridad:

Autoridad sería el ejercicio institucionalizado del poder y conduciría a una diferenciación, más o menos permanente, entre gobernantes y gobernados, los que mandan y los que obedecen. La institucionalización de la dicotomía poder-obediencia, así, se produce como consecuencia de la estabilización en las relaciones sociales de determinados roles (papeles sociales) y status.
También relaciono lo visto en clase con una frase que he encontrado en  (el capitulo V “del poder domestico” del libro 1.

En la parte donde nos dice:
“La autoridad del padre sobre sus hijos es, por el contrario, completamente regia; las afecciones y la edad dan el poder a los padres lo mismo que a los reyes, y cuando Homero llama a Júpiter”
  • «Padre inmortal de los hombres y de los dioses»,
“tiene razón en añadir que es también rey de ellos, porque un rey debe a la vez ser superior a sus súbditos por sus facultades naturales, y ser, sin embargo, de la misma raza que ellos; y esta es precisamente la relación entre el más viejo y el más joven, entre el padre y el hijo”.
Lo relaciono con una de las formas de legitimidad que establece Max Weber concretamente:
La legitimidad carismática, que apela a la creencia en las excepcionales cualidades de heroísmo o de carácter de una persona individual y del orden normativo revelado u ordenado por ella, considerando como dignos de obediencia los mandatos procedentes de esa persona o ese orden

Y por último encuentro también esta relación ( encontrada en el capitulo IV “Examen de la constitución propuesta por Faleas de Calcedonia” del libro II “Examen crítico de las teorías anteriores y de las principales constituciones”):
La multitud se rebela a causa de la desigualdad de las fortunas, y los hombres superiores se indignan con la repartición igual de los honores. Es lo que dice el poeta:
  • «¡Qué! ¿El cobarde y el valiente han de ser igualmente estimados?»
Esto consiste en que los hombres se ven arrastrados al crimen no sólo por carecer de lo necesario, lo cual Faleas cree evitar por medio de la igualdad de bienes, medio excelente, en su opinión, de impedir que un hombre robe a otro hombre para no morirse de frío o de hambre, sino que se ven arrastrados también por la necesidad de dar amplitud a su deseo de gozar en todos sentidos.
Y lo relaciono con : Weber define el poder como la posibilidad de que un actor en una relación esté en disposición de llevar a cabo su propia voluntad, pese a la resistencia de los otros, y sin que importe por el momento en qué descansa esa posibilidad.
La politología estadounidense intenta aplicar esta definición a los procesos que tienen lugar en las instituciones de un sistema político y producen como resultado el que los fines e interese de determinados grupos se impongan y prevalezcan sobre los de otros

martes, 15 de marzo de 2011

RESUMEN DEL PRIMER CAPITULO DE RAFAEL DEL AGUILA

  1. LA POLÍTICA.

Política es la actividad a través de la cual los grupos humanos toman decisiones colectivas.

El lugar central de la actividad política al que nos referiremos y del que trataremos será el Estado, entendido como aquella institución que recaba para sí, con éxito, el monopolio de la violencia legítima dentro de un territorio.

En el contexto de la definición sería posible hablar tanto de política democrática como de política autoritaria o totalitaria. Igualmente dentro de esa definición caben comprensiones más aristotélicas (y cooperativas) o más maquiavelianas (y conflictivas)  de la política.

Según las primeras, la política es la actividad que nos convierte en seres humanos al hacernos usar la palabra y la persuasión en la deliberación en común de lo que a todos afecta. Sin embargo no es hoy la dominante.

En efecto, las definiciones maquiavelianas de lo político señalan que esta actividad (la política) es esencialmente algo conflictivo y transgresor cuando no directamente inmoral.

La ciencia de la política se convierte aquí en la ciencia del poder.

Pues bien, en democracia ambas concepciones conviven la una con la otra. De hecho, la democracia liberal es un sistema que intenta solucionar algunos de los problemas derivados de esas diferentes concepciones y que trata igualmente de establecer un marco de entendimiento del poder y la legitimidad que haga justicia a lo que pueda haber de verdad en cada una de ellas.

  1. EL PODER

1.- El poder no es una cosa que uno tiene, el poder es el resultado de una relación en el que unos obedecen y otros mandan.

2.- El poder está estrechamente vinculado no sólo ni prioritariamente con la fuerza o la violencia, sino con ideas, creencias y valores que ayudan a la obtención de obediencia y dotan de autoridad y legitimidad al que manda.

3.- Así, un cuando el miedo al castigo es un componente de todo poder, no es su componente fundamental.

4.- Los ciudadanos no consideran del mismo modo: a) pagar impuestos. B) ser asaltado por un ladrón que nos exige dinero. La diferencia esta en que  los que ordenan en el primer caso son considerados autoridades legitimadas para exigirnos la obediencia.

5.- Para apreciar cómo se ordena, se concentra o se dispersa el poder en un sistema político concreto no es suficiente el estudio de sus leyes.

3 TEORIAS ESTRATÉGICAS DEL PODER.

Weber define la acción estratégica como aquella en la que el actor: 1) define el fin que quiere o le interesa alcanzar y 2) combina e instrumenta los medios que son necesarios o eficientes en la consecución de aquel fin.

Weber define el poder como la posibilidad de que un actor en una relación esté en disposición de llevar a cabo su propia voluntad, pese a la resistencia de los otros, y sin que importe por el momento en qué descansa esa posibilidad.

Existen tres grandes formas de contemplar este tema:

1.- El enfoque unidimensional. Aquí A tiene poder sobre B en la medida en que puede hacer a B realizar algo que, de otro modo, B no haría. Para hablar de la presencia del poder es, pues, necesario que sobre las cuestiones en disputa exista una oposición real y directa de intereses.

2.- Para el enfoque bidimensional la concepción anterior es insuficiente. Necesitamos analizar también cualquier forma de control efectivo de A sobre B. Desde esta perspectiva donde se manifiesta el poder es en la movilización de influencias que opera tanto en la resolución de conflictos efectivos como en la manipulación de ciertos conflictos y la supresión de otros.

3.- Para el enfoque tridimensional es necesario desechar la reducción del poder al proceso concreto de toma de decisiones y hay que centrarse en el control global que el poder puede ejercer sobre la agenda política. No se trata ahora de buscar conflictos efectivos y observables, sino de considerar oposiciones reales de intereses.

En las tres variantes aquí analizadas no hay diferencia en el concepto de poder propiamente dicho.

  1. PODER, AUTORIDAD Y LEGITIMIDAD.

Max Weber distinguía entre poder y autoridad:

Autoridad sería el ejercicio institucionalizado del poder y conduciría a una diferenciación, entre gobernantes y gobernados. La institucionalización de la dicotomía poder-obediencia, así, se produce como consecuencia de la estabilización en las relaciones sociales de determinados roles (papeles sociales) y status.

Así la autoridad implica una serie de supuestos:

-          Una relación de supra -subordinación entre dos individuos o grupos.
-          La expectativa del grupo supraordinado de controlar el comportamiento del subordinado.
-          La vinculación de tal expectativa a posiciones sociales relativamente independientes del carácter de sus ocupantes.
-          La posibilidad de obtención de obediencia se limita a un contenido específico y no supone un control absoluto sobre el obediente.
-          La desobediencia es sancionada según un sistema de reglas vinculada a un sistema jurídico o a un sistema de control social extrajurídico.

La obediencia se obtiene sin recurso a la fuerza cuando el mandato hace referencia a algún valor o creencia comúnmente aceptado y que forma parte del consenso del grupo.

Weber distingue tres tipos de legitimidad:

-          La legitimidad tradicional, que apela a la creencia en la santidad o corrección de las tradiciones inmemoriales de una comunidad como fundamento del poder y la autoridad y que señala como gobiernos legítimos a aquellos que se ejercen bajo el influjo de esos valores tradicionales.

-          La legitimidad carismática, que apela a la creencia en las excepcionales cualidades de heroísmo o de carácter de una persona individual y del orden normativo revelado u ordenado por ella, considerando como dignos de obediencia los mandatos procedentes de esa persona o ese orden.

-          La legitimidad legal-racional, que apela a la creencia en la legalidad y los procedimientos racionales como justificación del orden político y considera dignos de obediencia aquellos que han sido elevados a la autoridad de acuerdo con esas reglas y leyes.

En todos estos casos la legitimidad está vinculada a la creencia en la legitimidad, es decir, es legítimo aquel poder que es tenido por legítimo. 

5 PODER Y LEGITIMIDAD DEMOCRÁTICAS

El concepto alternativo de poder y legitimidad se fundamenta en la idea de acción comunicativa o concertada.

El concepto de acción comunicativa responde a la idea aristotélica de que existen acciones que se realizan por sí mismas sin que sean meros medios para la obtención de un fin distinto.

H. Arendt, rompe con la idea del poder como un mecanismo que responde al esquema medios/fines y lo define como “la capacidad humana no sólo de actuar, sino de actuar en común, concertadamente”.
Cuando decimos que alguien está en el poder queremos hacer referencia a que es apoderado de cierto número de gente para que actúe en su nombre. Es, entonces, el apoyo del pueblo lo que otorga poder a las instituciones de un país y este apoyo no es sino la continuación del consentimiento que dotó de existencia a las leyes.

Bajo las condiciones de un sistema democrático-representativo se supone que los ciudadanos “dirigen” a los que gobiernan.

Desde esta perspectiva se disocia al poder de la relación mandato-obediencia, de la coerción del conflicto y del dominio. El poder es consensual y es inherente a la existencia misma de comunidades políticas.

El poder por lo tanto no es la instrumentalización de la voluntad de otro, sino la formación de la voluntad común dirigida al logro de un acuerdo.

Dice que hay leyes que no son imperativas, que no urgen a la obediencia, sino directivas, que funcionan como reglas del juego que nos dotan de un marco de referencia dentro del cual se desarrolla el juego y sin el cual no podría tener lugar. Y el motivo por el que deben aceptarse tales reglas del juego es que dado que los hombres viven, actúan y existen en pluralidad, el deseo de intervenir en el juego es idéntico al deseo de vivir.

Cuando estamos en presencia de la imposición de una voluntad a otra, eso no cabe denominarlo poder sino violencia. El poder es siempre no violento, no manipulativo, no coercitivo. Poder y violencia son opuestos, la violencia aparece allí donde el poder peligra, pero dejada a su propio curso acabará con todo poder.

En definitiva, Arendt nos ofrece un concepto de poder que puede utilizarse normativamente a favor de un democratismo radical y en contra de la erosión de la esfera pública en las democracias de masas contemporáneas.

Jürgen Habermas propone, una distinción entre el ejercicio del poder y la generación del poder.

Los grupos políticos en conflicto tratan de obtener poder, pero no lo crean. Esta es, según Harmas, la impotencia de los poderosos: tienen que tomar prestado su poder de aquellos que lo producen.
En estas condiciones, la violencia puede aparecer como fuerza que bloquea la comunicación, la deliberación y el consenso necesarios para lograr generar el poder que el sistema requiere.

Necesitamos determinar cuándo el poder surge deliberativamente y cuándo es un producto manipulado que unos cuantos utilizan en detrimento del colectivo. Para ello inevitablemente debemos referirnos al tema de la legitimidad y de la justificación colectiva de normas práctico-políticas mediante la especificación de  ciertas condiciones formales o procedimientos mínimos que nos hagan capaces de distinguir una deliberación conjunta basada en la razón y el interés general de otra basada en la fuerza, la manipulación o el engaño.

-Primero, libertad de las partes para hablar y exponer sus distintos puntos de vista sin limitación alguna que pudiera  bloquear la descripción y argumentación en torno a lo que debe hacerse.

ej. Un caso en el que puede existir libertad de las partes esque los trabajadores estan blindados por el representante de los propios trabajadores. 

-Segundo, igualdad de las partes de modo que sus concepciones y argumentos tengan el mismo peso en el proceso de discusión.

ej. Un ejemplo sería el en el caso de un empresario y un trabajador en el que como sabemos no se encuentran al mismo nivel y para que esten en el mismo nivel el trabajador tiene el Derecho constitucional a la huelga.

-La tercera condición se refiere a la estructura misma de la deliberación en común: lo que debe imponerse en la discusión es la fuerza del mejor argumento sin que sea posible acudir a la coacción o ala violencia como elemento integrante de la misma.

Ahora bien, parece que esta idea de legitimidad ligada a procedimientos, deliberaciones conjuntas y acuerdos racionales favorece los valores liberal-democráticos en detrimento de otros.

Así pues, dentro del paradigma arendtiano del poder y de la legitimidad procedimental habermasiana, consideremos una acción, una norma o una institución como legítima si fuera susceptible de ser justificada como tal dentro de un proceso deliberativo. Y este proceso deliberativo deberá regirse por reglas tales como la libertad y la igualdad de las partes, y deberá igualmente estar guiado por el principio del mejor argumento y la exclusión de la coacción.  

lunes, 14 de marzo de 2011

Lucha contrarreloj para enfriar los tres reactores de la nuclear de Fukushima.


Sin ir mas lejos un caso semejante al caso del amianto esta sucediendo es Japón tras el devastador terremoto y tsunami. ( lo encuentro en el diario del mundo de Internet )

Creo que al tratarse de un tema de actualidad es muy importante y nos muestra la forma de actuar ante una posible catástrofe, lo relaciono con el tema del Amianto porqué a través del trabajo y de la exposición de esas personas a dicho trabajo pueden resultar gravemente afectadas.

Aprovecho para adjuntar el link de la noticia:

Mi manera de ver estos hechos es el siguiente: yo pienso que quién debería de hacerse cargo de los daños que se pudiesen causar debería de afrontarlos el Estado , ya que para mí es quien finalmente da el visto bueno para que un proyecto se lleve hacia delante y la empresa debería de limitarse a seguir las normas, leyes, condiciones…. Que se requieren para formar estas centrales. (si todo esta en regla y recibieron el visto bueno , ahora paga el Estado las consecuencias).

Yo pienso que en muchísimos otros casos tanto empresas como el propio Estado se lavan las manos y no se hacen responsables, ¿Que opináis sobre esto? ¿ En esta caso que es por causa de un efecto producido por la naturaleza quien debería de hacerse cargo?.

viernes, 11 de marzo de 2011

4.000 afectados por el amianto siguen sin recibir el apoyo prometido


 La Generalitat dijo en 2007 que vigilaría a todos los trabajadores del mineral

Unas 6.000 personas corren el riesgo de sufrir enfermedades por haber trabajado en el pasado con amianto en Cataluña. Este dato lo lanzó en 2007 la Generalitat, que prometió crear un registro de potenciales víctimas, hacer un seguimiento de su salud y atenderlas lo más rápido posible si desarrollan alguna de las graves secuelas asociadas al amianto (tumores, problemas respiratorios, etcétera).
Tres años después, sólo un tercio de los 6.000 afectados forman parte de ese registro. "Lo elaboramos a partir de las empresas que han trabajado con amianto. Nos ponemos en contacto con ellas y deben facilitarnos la lista de trabajadores que pudieron intoxicarse", cuenta Josep Lluís Peray, coordinador para la creación de la Agencia Catalana de Salud Pública de Cataluña y responsable del registro. El problema es que, a pesar de los esfuerzos que dice haber hecho la Administración, sólo el 30% de las empresas ha colaborado, pese a que se supone que están obligadas a hacerlo. A partir de ahora, advierte Peray, la Generalitat será más dura y exigirá la cooperación de las empresas, a las que amenaza con sancionar si no lo hacen.
En relación con lo comentado en la última clase sobre el amianto encuentro esta noticia que sin lugar a dudas esta relacionada con lo visto.

Un caso problemático en el que sin lugar a dudas la resolución del mismo debe de ser llevada por el Estado bajo mi punto de vista. Y… ¿vosotros que pensáis?

Nuevamente os adjunto el link para los interesados:

jueves, 10 de marzo de 2011

¿QUE ES Y QUE PRETENDE APENA?



Es la ASOCIACION DE PERJUDICADOS Y AFECTADOS POR ENFERMEDADES PRODUCIDAS POR AMIANTO, es una entidad sin ánimo de lucro constituida al amparo de la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo.
¿Por qué nace esta Asociación?
Ante la indefensión y preocupación de los afectados y perjudicados por el amianto, tanto desde el punto de vista sanitario como jurídico se decide, al igual que ha ocurrido en otros puntos de España (Valencia o Ferrol), crear una asociación que permita la mejor defensa de sus intereses.
¿Cuál es su objeto y finalidad?
- Proteger los intereses de sus asociados, mediante la información periódica a todos sus miembros de las novedades, estudios y resoluciones jurídicas de interés, que se vayan produciendo en relación con el amianto.
- Creación de un servicio de estudio y tramitación de los expedientes administrativos de los afectados por esta enfermedad, facilitándoles la representación y defensa jurídica de sus intereses frente a terceros.
- La reivindicación ante la Administración, de una atención sanitaria diferenciada para las patologías producidas por el amianto.
- La atención psicológica, médica y jurídica, a los afectados y sus familiares, por parte de profesionales cualificados.

¿Quién puede asociarse a APENA?
A esta asociación puede asociarse cualquier persona que tenga interés en el desarrollo de los fines de la Asociación, ya sea afectado/perjudicado como consecuencia de haber desarrollado una actividad profesional en contacto directo o indirecto con el amianto, así como los familiares de éstos, y profesionales de distintas especialidades y disciplinas cuya labor pueda ser de provecho para el desarrollo del fin esencial de la misma.

¿Qué acciones y actividades se tienen previstas por la Asociación?
- La puesta en marcha de una Campaña informativa sobre las enfermedades derivadas del amianto, dirigida a todas las personas que a lo largo de su vida laboral hayan podido estar en contacto directo o indirecto con este material contaminante, al tratarse de una enfermedad que puede permanecer latente durante varios años.
- Exigir de la Administración Autonómica (Consejeria de Sanidad), la creación de una Unidad especializada en el tratamiento de enfermedades derivadas del amianto, al objeto de que se produzcan por dicha unidad, los reconocimientos periódicos y específicos de estos trabajadores, dotando a los informes resultantes de carácter vinculante en relación con el reconocimiento de enfermedad profesionaln y, en su caso, de incapacidad permanente.
- Exigir de la Administración, la publicidad de las empresas con riesgo de amianto, para el conocimiento de los posibles afectados. .
- Exigir de la Administración que se de publicidad de número de casos de afectados actualmente, por enfermedades profesionales provocadas por amianto en la Comunidad Autónoma de Murcia.
- Elaboración de una pagina WEB donde se dispondrá de toda la información referida a la Asociación, periódicamente actualizada.

Aquí adjunto el  link: http://www.apena.es/APENA/apena.html

miércoles, 9 de marzo de 2011

HABLEMOS DEL AMIANTO TAMBIEN CONOCIDO COMO ASBETO PRINCIPIOS DE PREVENCIÓN Y PRECAUCIÓN


Para realizar este trabajo me he basado en información de la pagina de wikipedia (internet).

El amianto, es un grupo de minerales fibrosos. Están compuestos de silicatos de cadena doble,tienen fibras largas y resistentes que se pueden separar y son suficientemente flexibles como para ser entrelazadas y también resisten altas temperaturas.
Debido a estas especiales características, se ha usado para una gran variedad de productos manufacturados, principalmente en materiales de obra (tejas para recubrimiento de tejados, baldosas ...), productos de fricción, materias textiles termo-resistentes, envases, paquetería y revestimientos, equipos de protección individual, pinturas, etc.
Se ha determinado por los organismos médicos internacionales que los productos relacionados con el asbesto/amianto provocan enfermedades con una elevada mortalidad y por ello, desde hace décadas, se ha prohibido su uso en todos los países desarrollados, aunque se continúa utilizando en algunos países en vías de desarrollo.

Conociendo lo que es el Amianto y los efectos que puede llegar a provocar  me parece que políticamente deberíamos de tener en cuenta tanto los principios de prevención y precaución los cuales explicare brevemente y adjuntare un documento interesante de Internet que nos habla de ellos.
  • Principio de prevención: El principio está asentado en la idea de “diligencia debida” de los sujetos de Derecho internacional, es decir, en la obligación de vigilancia y adopción de previsiones en relación a los bienes y personas bajo su jurisdicción, a fin de asegurarse que, en condiciones normales, no causen perjuicios transfronterizos.
  • Principio de precaución: En este caso el comportamiento del sujeto internacional responde a la idea de “buen gobierno”, gestión que se adelanta criteriosamente a los hechos, la que ante la duda de que una actividad pueda ser riesgosa, prefiere limitarla , privilegiando las seguridades. No se puede hablar de “obligación” de obrar del sujeto internacional ya que no existen certezas en torno al riesgo de la acción emprendida o a emprender. 

martes, 8 de marzo de 2011

DÍA INTERNACIONAL DE LA MUJER TRABAJADORA

El 8 de marzo se conmemora la lucha de la mujer por su participación  en igualdad de condiciones que el hombre. La ONU reconoció ese día como una fecha de consideración mundial. Esa idea  surgió al final del siglo XIX, en plena revolución industrial y durante el auge del movimiento obrero. La celebración recoge una lucha ya emprendida en la antigua Grecia por Lisístrata, quien empezó una huelga sexual contra los hombres para poner fin a la guerra, y que se vio reflejada en la Revolución francesa: las mujeres parisienses, que pedían “libertad, igualdad y fraternidad”, marcharon hacia Versalles para exigir el sufragio femenino, pero no fue sino hasta los primeros años del siglo XX cuando se comenzó a proclamar, desde diferentes organizaciones internacionales de izquierda, la celebración de una jornada de lucha específica para la mujer y sus derechos.
El 25 de marzo de 1911, más de 140 jóvenes trabajadoras, la mayoría inmigrantes, murieron en el trágico incendio de la fábrica Triangle en la ciudad de Nueva York. Este suceso tuvo grandes repercusiones en la legislación laboral de los Estados Unidos, y en las celebraciones posteriores del Día Internacional de la Mujer se hizo referencia a las condiciones laborales que condujeron al desastre.
Todo esto lo relaciono con:

El Art.17 versículo 1 del titulo primero, capitulo 2 sección primera. En el que se nos dice: “Toda persona tiene derecho a la libertad y a la seguridad. Nadie puede ser privado de su libertad, sino con la observancia de lo establecido en este artículo y en los casos y en la forma previstos en la ley”.

El Art.14 del titulo primero, capitulo 2. En el que se nos dice: “Los españoles son iguales ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social”

El Art.1 del Titulo preliminar. En el que se nos dice: “España se constituye en un Estado social y democrático de Derecho, que propugna como valores superiores de su ordenamiento jurídico la libertad, la justicia, la igualdad y el pluralismo político.”

lunes, 7 de marzo de 2011

El Gobierno quiere regular el 'burka'


La vicepresidenta, partidaria de que la "mujer se pueda exhibir sin ningún freno"

El Gobierno catalán proyecta regular el uso del velo integral. De momento lo tiene in mente, porque el debate aún no ha comenzado en el seno del Gabinete. Eso al menos fue lo que dijo ayer la vicepresidenta el Ejecutivo, Joana Ortega, que acudió a Lleida al cierre de la escuela de invierno de los cachorros democristianos, la Unió de Joves.
"Pedimos a quienes vengan a vivir a Cataluña el máximo respeto para todos los derechos humanos, incluido el de que la mujer se pueda exhibir en público con toda libertad y sin ningún freno", destacó la democristiana.
"Muchos Ayuntamientos"."Ya han regulado la cuestión. Desde el Gobierno compartimos la necesidad de preservar la dignidad de la mujer y eso no pasa en ningún caso por que tenga que ir tapada u oculta tras una cortina". "Todo aquello que vaya dirigido a preservar la dignidad de la mujer será bienvenido y el Gobierno tomará las medidas necesarias para hacerlo efectivo", subrayó.
Si en el terreno de cómo deben ir vestidas las mujeres el Gobierno tiene clara su actitud, no sucede lo mismo sobre si debe o no existir un consejo islámico de Cataluña. "Ya tenemos tres consejos asesores del Gobierno: el de economía y conocimiento, el de sanidad y el de bienestar social; estamos abiertos al diálogo, pero de momento no es necesario crear más consejos", concluyó Joana Ortega.
Precisamente, en julio del año pasado el Senado aprobó una moción de CiU en la que instaba al Gobierno central a solicitar al Consejo de Estado un dictamen sobre la regulación del uso del velo integral (burka o niqab) en el marco del ordenamiento jurídico. Diversos Ayuntamientos catalanes se han manifestado a favor de la prohibición del velo integral en dependencias municipales o lugares públicos. El primer municipio en hacerlo fue Lleida, en mayo de 2010. 



Esta noticia la relaciono tanto con la libertad religiosa como con la prohibición de discriminación recogidas en el Art. 16 versículos 1 y 2 y Art. 14 de la Constitución expuestas en el Titulo Primero, Capitulo segundo, Sección primera.

Art.14: “Los españoles son iguales ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o     circunstancia personal o social”.

Art.16: “Se garantiza la libertad ideológica, religiosa y de culto de los individuos y las comunidades sin más limitación, en sus manifestaciones, que la necesaria para el mantenimiento del orden público protegido por la ley”.
“Nadie podrá ser obligado a declarar sobre su ideología, religión o creencias”.

Pero para mi sin lugar a dudas se trata de un nuevo caso en el que se pasa por alto el derecho a la intimidad personal y a la propia imagen que también la encontramos recogida en la constitución exactamente en el Art.18 en el cual se nos dice:

“Se garantiza el derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen”. 

jueves, 3 de marzo de 2011

El hombre ¿es bueno por naturaleza o es un lobo para el hombre?

El hombre ¿es bueno por naturaleza o es un lobo para el hombre?

Tengo que decir que son muchísimos los Filósofos los que se han referido a esta cuestión y para tratar de explicarla y posteriormente dejar mi opinión me basaré en la ideas de algunos de ellos:

Primero haré referencia a Las respuestas de Freud y Hobbes:


  • Para Freud el hombre sería un ser instintivo, que solo puede ser civilizado bajo el efecto opresor de la sociedad. En ausencia de ésta, el hombre sería básicamente cruel, bien dispuesto a usar la fuerza y el poder en beneficio de sus deseos. Por eso Freud calificaría a la sociedad como represora, aunque aceptaría dicho rol como un mal necesario.

  • Hobbes, en cambio, sostiene que lo que de verdad mueve al hombre es su miedo y su egoismo. El estado de la naturaleza —el mundo anterior a la organización social— es la “guerra de todos contra todos”. La vida en ese estado es solitaria, pobre, brutal y breve, y por tanto el hombre se ve obligado a utilizar la fuerza para garantizar su auto conservación. Pero se trata de una reacción originada en el miedo al otro y no una acción gratuita. Para alcanzar mayores cotas de seguridad, cada hombre renuncia y transfiere su derecho a un poder que le garantice el estado de paz: la sociedad.
Bajo la concepción de Hobbes, la sociedad no solo no es un elemento de represión, sino que se transforma en el elemento fundamental de nuestra libertad. La protección que ésta ofrece nos permite vencer nuestro miedo animal, dejar de lado el recelo y ser, en definitiva, más bondadosos.

Ahora haré referencia al pensamiento de Rousseau:
·         Rousseau está en desacuerdo con el supuesto carácter violento del hombre en estado de naturaleza que atribuye Hobbes. Rousseau piensa que "Hobbes pretende que el hombre es naturalmente intrépido y no busca otra cosa que atacar y combatir" dice que el  hombre en estado de naturaleza es tímido.
Para Rousseau la ley o derecho de naturaleza no es una imposición, no es una cuestión dada. Señala que "todo lo que nosotros podemos ver con gran claridad respecto a esta ley es que, no sólo para que sea ley es preciso que la voluntad de aquel a quien obliga pueda someterse con conocimiento de ella, sino que es preciso también, para que sea natural, que hable de modo inmediato de la voz de la naturaleza".
Rousseau defiende ardorosamente la sociabilidad y voluntad general, que es la que tiene que decidir la actuación.
PARA SACAR TODA ESTA INFORMACIÓN HE LEIDO UN TEXTO QUE ENCONTRE EN INTERNET Y DEL CUAL PIENSO QUE ES MUY INTERESANTE POR ESO APROBECHO LA OCASIÓN Y CUELGO EL LINK:

Por ultimo hablaré de la forma de pensar de Aristóteles sobre esta cuestión:
·         Para Aristóteles, el ser humano es un animal social por naturaleza. Lo que diferencia al hombre del resto de animales es la palabra (el lógos) pero no entendida como facultad intelectual, sino precisamente como capacidad que nos posibilita llevar una vida en común, confluir con otros semejantes en la polis. El hombre necesita de los demás para vivir y sólo es feliz cuando participa de la vida pública, es decir, cuando acude a los foros públicos en los que se toman las decisiones y toma un papel activo dentro de las mismas. La vida individual no es, para el filósofo griego, autosuficiente. Sólo la polis es autosuficiente.
Aristóteles llegará a decir que el que vive aislado, será una bestia o un dios, una pieza al margen del juego que, por lo tanto, carece de sentido.

Sinceramente hoy por lo poco que he vivido y se: Diría que el ser humano no es malo por naturaleza sino que hay otros factores que van transformando a esa persona como puede ser el entorno y que sin lugar a dudas el hombre es un lobo para el propio hombre.

Y….. ¿Vosotros que pensáis?